Habilitación de regularización de componentes mineros que se encuentran en ejecución sin permisos: Minem moderniza su marco normativo

La nueva norma permite que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) del Minem evalué aquellos componentes ejecutados sin permisos, y si estos resultan ambiental y técnicamente viables, puedan obtener sus permisos

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“Desde el Ministerio de Energía y Minas (Minem) nos trazamos la meta de modernizar el marco normativo para darle agilidad a los trámites y viabilizar la llegada de mayores inversiones mineras en beneficio del país”, sostuvo el ministro Rómulo Mucho al inaugurar el Taller Informativo: Aplicación del Decreto Supremo Nº 014-2024-EM, que reduce a 60 días los trámites de evaluación de los planes de Cierre de Minas.

Mucho acotó que este dispositivo modifica el Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2005-EM, cuyo objetivo es lograr mayor optimización del procedimiento de evaluación del Plan de Cierre de Minas y actualizar lo referido al Plan Ambiental Detallado.

“A través de este evento queremos comunicar los cambios normativos en el sector, como es la habilitación de la regularización de componentes mineros que se encuentran en ejecución sin permisos, y que resulten ambiental y técnicamente viables”, recalcó a los más de 100 representantes de titulares mineros presentes.

El funcionario indicó que estos cambios no solamente modernizan el marco legal para dar mayor sostenibilidad a las operaciones extractivas, sino también refuerzan nuestro firme compromiso de asegurar una gestión ambiental responsable del sector minero.

“Quiero felicitar a todos los presentes, representantes de las principales corporaciones mineras y entidades del sector, pues son un actor fundamental para el desarrollo del país y un aliado estratégico para que el gobierno alcance sus objetivos de consolidar el camino a la recuperación económica a través de la minería”, puntualizó.

La nueva norma permite que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) del Minem evalué aquellos componentes ejecutados sin permisos, y si estos resultan ambiental y técnicamente viables, puedan obtener sus permisos, con el fin que la OEFA no los sancione y paralice. En esta situación, el titular tiene un plazo de 90 días hábiles para comunicar a las autoridades respectivas los referidos componentes.

Asimismo, se establece un plazo de 180 días hábiles para que el titular minero presente la solicitud de aprobación del Plan Ambiental Detallado (PAD).

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