Áncash (S/497 mlls.), Arequipa (S/346 mlls.) e Ica (S/264 mlls.), las regiones que más transferencias mineras reciben a febrero

Tacna, con más de S/ 230 millones y concentrando el 9.8% del total transferido, aparece en la cuarta posición.

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Las transferencias mineras, que incluyen el canon minero, las regalías (legales y contractuales), así como el Derecho de Vigencia y Penalidad, sumaron más de S/ 2,351 millones al mes de febrero. Estos fondos serán destinados a la realización de obras y servicios públicos.

Áncash recibió el mayor monto de transferencia con más de S/ 497 millones a febrero, con una participación del 21.1% del total de recursos distribuidos. En segundo puesto se encuentra Arequipa que recibió un monto superior a los S/ 346 millones, representando el 14.7% del total; en tercer lugar se ubicó Ica con una cifra que excede los S/ 264 millones, ostentando el 11.2% del total transferido. Tacna, con más de S/ 230 millones y concentrando el 9.8% del total transferido, aparece en la cuarta posición. Hay que resaltar que, estos cuatro departamentos representaron en conjunto el 56.9% del monto total transferido a nivel nacional. 

El canon minero superó los S/ 1,893 millones. Este recurso es de suma importancia en comparación con otros fondos transferidos para los gobiernos locales y regionales, ya que posibilita la financiación de proyectos públicos. 

En cuanto a las transferencias por regalías mineras legales y contractuales al mes de febrero, éstas contabilizaron más de S/451 millones. Las regalías legales corresponden a los montos derivados de las utilidades generadas por los titulares mineros, mientras que las contractuales están vinculadas a las empresas que poseen contratos de garantías y medidas de promoción a la inversión (contratos de estabilidad tributaria).

El Derecho de Vigencia y Penalidad, al mes de febrero, superó los S/ 7 millones. Lo recaudado por este concepto proviene del pago que realizan los titulares para mantener vigentes las concesiones mineras. Este concepto se paga por año y por hectárea de acuerdo al régimen registrado, mientras que la penalidad se paga por el incumplimiento de la obligación de la producción o inversión mínima declarada ante la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas. 

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