Aprueban reglamento de Ley N° 32213 que otorga rectoría al Minem en proceso nacional de formalización minera

La norma precisa que, desde ahora, el Minem ejercerá la formalización de la pequeña minería y minería artesanal mediante la Dirección General de Formalización Minera (DGFM) en sustitución de los gobiernos regionales.

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El Ministerio de Energía y Minas (Minem) ejercerá la rectoría sobre la actividad de la pequeña minería y minería artesanal e implementará el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA). El Decreto Supremo Nº 009-2025-EM que aprueba el reglamento de la Ley N° 32213 publicado en el diario oficial El Peruano señala también cómo se realizarán estas decisiones legislativas.

La norma precisa que, desde ahora, el Minem ejercerá la formalización de la pequeña minería y minería artesanal mediante la Dirección General de Formalización Minera (DGFM) en sustitución de los gobiernos regionales.

Según el decreto, el Minem supervisará la trazabilidad operativa de minerales, explosivos, insumos químicos y productos fiscalizados en la pequeña minería y minería artesanal. 

Este sistema integra datos con imágenes satelitales de vigilancia ambiental, lo que facilita la detección de actividades ilegales. Según el decreto, estas medidas buscan fortalecer la trazabilidad del mineral desde su extracción, procesamiento, hasta su comercialización, evitando el ingreso de minerales provenientes de fuentes no autorizadas.

Entre las disposiciones también se establece que el plazo de vigencia del referido proceso culmina el 30 de junio de 2025, con posibilidad de ser prorrogado por única vez por seis meses más, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Una decisión importante de este reglamento es que la DGFM realizará la depuración gradual de los Reinfos, eliminando a los que están siendo mal utilizados o se encuentran suspendidos sin razón aparente. 

Se ha iniciado la depuración de los Reinfos en los tres distritos de la provincia de Pataz comprendidos en el Decreto Supremo Nº060-2025-PCM que prorroga el Estado de Emergencia.

Respecto a la “herencia del Reinfo”, el Minem señala que la minería a pequeña escala es mayoritariamente una actividad familiar. “Si un minero está en proceso de formalización y fallece, es necesario y razonable permitir que sus herederos continúen con este esfuerzo de formalización conforme a las normas vigentes”, indicó la entidad en su comunicado.

La Ley General del Ambiente establece que quien genera un impacto ambiental debe asumir los costos de la mitigación y rehabilitación.

Al exigir que los herederos de un Reinfo conformen una persona jurídica, según el Minem, se busca proteger el medio ambiente refiriendo los impactos a una persona jurídica responsable que asegure el proceso de formalización minera integral.

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