El Ministerio de Energía y Minas (Minem), mediante el proyecto de Decreto Supremo Nº 317-2025-MINEM/DM que busca modificar los artículos 13 y 32 del Reglamento para el Cierre de Minas, ha planteado que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realice sus fiscalizaciones de campo en no más de 45 días.
La propuesta normativa tiene como fin establecer plazos claros y auditables en los procedimientos de evaluación de Planes de Cierre de Minas (PCM) y en la emisión del Certificado de Cierre Final, debido a que ha identificado deficiencias estructurales graves en los procedimientos de cierre de minas en los últimos tres años.
La reforma del artículo 32 dispone que el OEFA inicie la fiscalización en campo en un máximo de 45 días hábiles y remita su informe en 90 días, prorrogables 30 días por complejidad, mientras que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) deberá expedir su propio reglamento de plazos.
El texto propone introducir cambios al artículo 13, con plazos diferenciados, secuenciados y rígidamente auditables para cada etapa de los procedimientos de cierre de minas. La admisibilidad deberá tomar un máximo de 5 días hábiles; la subsanación de observaciones 2 días hábiles, en un solo acto; la evaluación por DGAAM unos 30 días hábiles para modificaciones, 45 días para actualizaciones y nuevos PCM.
El requerimiento de información complementaria será único y no prorrogable, con un plazo máximo de 10 días para responder y la resolución final por DGAAM tendrá un máximo 5 días hábiles tras opinión definitiva de DGM.
Según la exposición de motivos del proyecto, mientras la norma vigente fija un plazo de 40 días hábiles para la evaluación de modificaciones y actualizaciones de planes existentes, el tiempo promedio real fue de 110 días. En el caso de los de planes nuevos, el tiempo efectivo subió a 196 días hábiles entre 2023 y julio de 2025.
En 2023 la tasa de cumplimiento bajo el plazo de ley fue de 2%, y en 2024 subió apenas a 8%, para luego este año desplomarse al 0%, es decir ningún plan de cierre de minas fue aprobado dentro de los plazos previstos en el presente ejercicio.
El documento señala que en la etapa de emisión del Certificado de Cierre Final (momento en el que el OEFA revisa que la mina haya culminado el cierre), los retrasos se agravaron: en el caso del Depósito de Concentrados Atalaya, el procedimiento se extendió hasta 1,094 días calendario (unos tres años), muy por encima de los plazos de ley; y en el Depósito de Concentrados Rímac, los procesos denegados se prolongaron hasta 3998 días (unos once años).