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Más de S/119 millones para remediación de pasivos ambientales mineros y de hidrocarburos

El Minem transferirá recursos a favor de la empresa estatal Activos Mineros para ejecutar acciones de remediación ambiental para el subsector minería por un monto de S/80 millones. 

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) continuará este año con la ejecución de proyectos de remediación de pasivos ambientales generados por las actividades mineras y de hidrocarburos, por un monto superior a los S/119 millones en varias regiones del país.

De acuerdo a los pliegos presupuestales para el año 2024, la entidad transferirá recursos a favor de la empresa estatal Activos Mineros SAC (Amsac) para ejecutar acciones de remediación ambiental para el subsector minería por un monto de S/80 millones. 

Entre los proyectos en los que se trabajará la remediación ambiental figuran: Aladino VI (S/1.3 millones), Azulmina 1 y 2 (S/1 millón), Caudalosa 1 (S/790 mil), Caridad (S/2.2 millones), San Antonio de Esquilache (S/2.7 millones), Acobamba – Colqui (S/200 mil), Pushaquilca (S/2.5 millones), Los Negros (S/1.5 millones), Carhuacayán (S/29 millones), Santa Rosa 2 (S/38.5 millones), Chugur (S/50 mil, Venturosa (S/ 50 mil) y Pacococha (S/50 mil).

En 2023, el Minem realizó transferencias a Amsac por S/ 159 millones para el cierre de 775 pasivos mineros en las regiones de Cajamarca, Ancash, Lima, Pasco, Junín, Puno, Ica, Huancavelica, Apurímac, La Libertad y Tacna.

Remediación en hidrocarburos

Para el presente año, se autorizó al Minem el uso de recursos de sus saldos de balance para actividades destinadas a la remediación de pasivos ambientales en el sub sector hidrocarburos en Piura, Tumbes y Loreto, por un monto mayor a S/ 39.4 millones, que no demandarán recursos adicionales al Tesoro Público.

Para este propósito el organismo aprobará previamente, mediante resolución, una relación priorizada de pasivos ambientales del subsector hidrocarburos a remediar. Para su cumplimento, se autorizará excepcionalmente al Minem a utilizar los recursos a los que se refiere el artículo 7 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural.