El Ministerio de Energía y Minas, a través de la Resolución Directoral N° 273-2024-MINEM/DGH, en el marco del Decreto Supremo N° 001-2022-EM, estableció las condiciones técnicas y de seguridad para la comercialización y uso de cilindros de material compuesto para el GLP, insumo también conocido como el gas doméstico.
Esta norma permitirá a las familias contar con una nueva alternativa de cilindros para el uso de GLP pues el material compuesto que se empleará presenta diversas ventajas: serán fabricados con material no corrosivo, con una vida útil prolongada (30 años), no explotan, son fáciles de manipular y tienen un peso menor al cilindro de acero, entre otras.
La mencionada norma establece que los cilindros de material compuesto deben ser diseñados, fabricados y probados de acuerdo con la norma ISO 11119-3 y contar con un dispositivo electrónico para su comercialización, el cual contendrá un número único de identificación electrónica que permita obtener la información relacionada a su fabricación, mantenimiento, inspección, reparación y destrucción, entre otros.
Dichos recipientes de GLP pueden comercializarse únicamente en las presentaciones de 5 kg, 7.5 kg, 10 kg y 15 kg, y deben contar con una válvula para graduar o interrumpir el flujo de gas contenido en un cilindro de GLP de material compuesto; asimismo, el regulador de presión de los cilindros Premium es compatible con dicha válvula.
El Osinergmin cuenta con un plazo de noventa 90 días calendario, contados a partir de la publicación de la presente norma, para aprobar las disposiciones y procedimientos que resulten necesarios para la aplicación de la presente resolución.