La bancada de Acción Popular presentó recientemente en el Congreso de la República un proyecto de ley que plantea calcular las regalías mineras en el Perú en base a las ventas de concentrados o su equivalente e incrementar además los porcentajes a aplicar.
Una propuesta que significaría, en otras palabras, el retorno a una regalía basada en las ventas —que existió desde el año 2004 hasta el 2011— y la eliminación de la regalía sobre la utilidad operativa, vigente actualmente, según indica Luis Alberto Arias, ex Superintendente Nacional de Sunat.
“La novedad es que se pretende volver a calcular las regalías en base a las ventas de concentrados como se hacía antes, con la diferencia adicional que antes se planteaba una regalía de hasta el 3% como máximo y este proyecto plantea ir hasta un 6%”, explica.
A partir de las reformas tributarias del 2011, establecidas en la Ley N° 29788, para las empresas que no tienen un convenio de estabilidad tributaria, la regalía minera es calculada sobre la utilidad operativa trimestral.
Este marco vigente, dado durante el gobierno de Ollanta Humala, incluye también, el pago de una regalía base ad valorem del 1 % en caso de que el monto calculado por utilidad operativa sea menor al valor del 1 % de las ventas. De esta manera, aunque no haya utilidad operativa, el Estado se asegura el pago de una regalía.
Asimismo, Arias refirió que este proyecto no cumple con los principios de progresividad, ni competitividad, planteados durante la reforma tributaria dada en el 2011. “Si este proyecto avanzara lógicamente el Perú dejaría de ser atractivo para los inversionistas”, apunta.
Cambio en las reglas de juego
Luis Rivera, expresidente del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú, señala que en los últimos años ha habido muchas propuestas y proyectos de ley similares enfocados en modificar o incrementar los impuestos mineros, incluso teniendo Perú una de las cargas impositivas más altas del mundo.
“Los inversionistas no tienen tanto temor a un impuesto alto porque ya está digerido a nivel mundial, sino tienen temor a los cambios, a la incertidumbre que ello genera pues podría poner en riesgo los grandes capitales para poner en marcha un proyecto minero en Perú. Es decir, la incertidumbre es más grave que el propio impuesto”, indica.
Rivera resalta que la carga tributaria real para una empresa minera en el Perú supera el 48%, incluso más alta que la que tiene nuestro competidor Chile, que usó como ejemplo el modelo peruano como base para la reforma tributaria implementada recientemente.
“La carga tributaria es de 46.5% como máximo para la gran minería de cobre; 45.5% para las que producen menos, no existe regalía para la que producen 12 mil toneladas de cobre fino. Es decir, hoy la carga impositiva chilena que subió sigue siendo menor al esquema peruano”, remarcó.
En ese sentido, Luis Rivera destacó el esquema impositivo peruano porque es proporcional a los márgenes operativos de las empresas mineras. Ello significa que el Estado se beneficia de los precios altos de los minerales que se vienen registrando a nivel global. “Es bueno y competitivo. Si bien es cierto es caro pero está aceptado y digerido por el mercado”.