El Ministerio del Ambiente eliminó de manera voluntaria una exigencia normativa que obligaba a las empresas de generación eléctrica a utilizar motores y combustibles no disponibles en el mercado peruano, una medida que venía generando sobrecostos significativos para el sector.
Con la derogatoria de esta disposición, se estima que las empresas eléctricas evitarán sobrecostos potenciales cercanos a S/ 70 millones, principalmente por menores gastos en la compra de motores y en el consumo de combustible. La exigencia estaba contenida en el Decreto Supremo N.° 030-2021-MINAM, aprobado en 2021.
La decisión fue adoptada luego de un procedimiento de oficio iniciado por el Indecopi, que advirtió que la norma podía afectar la actividad empresarial sin generar beneficios ambientales proporcionales a los costos. Según la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, la regulación exigía motores que solo funcionan con diésel de muy bajo azufre, combustible que no se comercializa en el país.
Además, la norma obligaba a adquirir equipos certificados bajo estándares internacionales, lo que incrementaba hasta en 20% la inversión inicial y elevaba en alrededor de 5% los costos operativos. Tras la intervención del Indecopi, el Minam derogó la disposición mediante un nuevo decreto supremo publicado en El Peruano, evidenciando una revisión proactiva de normas que generan barreras innecesarias.