El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) recibió con expectativa las sentencias del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina contra Ecuador y Bolivia, por haber establecido estos países un precio subsidiado del combustible para los vehículos de carga de sus respectivas naciones frente a un precio mucho mayor para los vehículos con placa internacional, como los de Perú.
De esta manera, se abre un camino para resolver esa problemática que afecta el comercio bilateral. Esa situación, que contravenía los principios de trato nacional y no discriminación establecidos por la normativa comunitaria andina, puso en desventaja a los transportistas peruanos que, por mucho tiempo, vienen prestando el servicio de transporte bilateral por carretera en desigualdad de condiciones, generada por la diferenciación de precios, respecto al precio de combustible.
La oferta del transporte peruano se vio desalentada, pues la diferenciación de precios del combustible provocó la reducción de la participación peruana en el transporte bilateral. Considerando, además, que en relación con Bolivia, de cada 100 vehículos que realizan transporte internacional por carretera, 93 son bolivianos y solo 7 son peruanos. En tanto que, en relación con Ecuador, de cada 100 vehículos, 60 son ecuatorianos y 40 peruanos.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la CAN contra Ecuador fue publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el pasado 4 de julio, y la que se emitió contra Bolivia, el 18 de julio. En ambos casos, se declara que los países vecinos incumplen la norma comunitaria andina. Asimismo, se les otorga un plazo de 90 días para corregir las acciones de incumplimiento. De no acatarse las sentencias, el citado tribunal autorizará la imposición de sanciones comerciales.
Las demandas de acción de incumplimiento contra Ecuador y Bolivia fueron impulsadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sustentadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.