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Indecopi suspende procedimiento principal sobre medidas que prohíben tercerización laboral hasta que Poder Judicial resuelva recursos de acción popular

No obstante, las medidas cautelares ordenadas respecto a aquellas que prohíben la tercerización laboral se mantienen vigentes.

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi (SEL) suspendió el procedimiento principal relacionado con medidas que prohíben la tercerización laboral en actividades que forman parte del núcleo de una empresa hasta que se resuelvan los procesos de acción popular interpuestos ante el Poder Judicial.  

A través de la Resolución 0072-2023/SEL-INDECOPI del 24 de febrero de 2023 la Sala dispuso tal suspensión, aunque las medidas cautelares ordenadas en la Resolución 0355-2022/SEL-INDECOPI del 30 de septiembre de 2022 se mantienen vigentes y eficaces. 

La decisión se tomó debido a que se han interpuesto demandas de acción popular ante el Poder Judicial (Expediente 756-2022-0-1801-SP-DC-03) en contra del Decreto Supremo 001-2022-TR que impone tales medidas de prohibición de la tercerización laboral, controversia que aún no se ha resuelto. 

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo recogido en el inciso 2 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas y el artículo 65 del Decreto Legislativo 807, Ley sobre Facultades, Normas y Organización del Indecopi, la Sala dispuso la suspensión del procedimiento.

Indecopi precisa que el pronunciamiento recaído en la Resolución 0072-2023/SEL-INDECOPI del 24 de febrero de 2023 no es un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia denunciada, sino una resolución que únicamente suspende el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas hasta que el Poder Judicial emita una sentencia definitiva.