¿Es posible la consulta previa de forma virtual? ¿Es legal? ¿Es necesaria?

¿Es posible la consulta previa de forma virtual? ¿Es legal? ¿Es necesaria?

En una de sus últimas presentaciones públicas, la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, señaló que sí es posible avanzar con los procesos de consulta previa de manera virtual. Sostuvo que los proyectos mineros San Gabriel, de Compañía de Minas Buenaventura, e Integración Coroccohuayco, de Antapaccay, muy posiblemente avancen con su proceso de consulta previa mediante «mecanismos virtuales» aunque la última etapa deberá ejecutarse de forma presencial. 

«En el caso específico de San Gabriel ya se ha coordinado con el Ministerio de Cultura la posibilidad de que los trámites de consulta previa puedan ser con mecanismos virtuales a excepción de la última etapa, que es de diálogo propiamente dicho», dijo la ministra Alva. «En este contexto ya se ha reactivado la consulta previa con las comunidades de Oyo oyo y Corire y de la misma manera estamos aplicando esta metodología para el proyecto minero Integración Coroccohuayco». Ante todo, ¿es posible ello?

Pablo de la Flor, director ejecutivo de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), sostuvo que el asunto de la consulta previa es «una preocupación muy relevante para el sector» dado que el contacto entre las partes podría originar contagios. De la Flor señala que hasta el momento solo se ha regulado la posibilidad de utilizar mecanismos virtuales o electrónicos para los procesos de participación ciudadana que son parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA). 

«La norma que se publicó no resulta aplicable para la consulta previa. Nosotros creemos que la misma lógica debiera definirse. Existe la tecnología para hacerlo y ya se está incorporando dicha mecánica en la participación ciudadana y debería hacerse lo mismo en la consulta previa. Nos va a permitir reactivar los procesos. Lo que necesitamos es que el Ministerio de Energía y Minas emita un decreto supremo en el que se haga extensiva dicha modalidad a la consulta previa», señaló el ejecutivo al medio Gestión.

Por su parte, Gustavo Zambrano, exdirector general de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, quienes dieron sus puntos de vista sobre lo que ocurrirá en las próximas semanas, afirmó, consultado por el mismo medio, que no hay una necesidad de emitir una legislación especial para hacer virtualmente la consulta previa pues se desprende del Convenio 169 de la OIT que esta puede realizarse de acuerdo a las realidades y las necesidades del país y los pueblos. 

Sin embargo, Zambrano especificó que la consulta previa tiene siete etapas: identificación de la medida, identificación de los pueblos, publicidad de la medida, información, evaluación interna de los pueblos indígenas, diálogo y decisión. Por lo tanto, aplicar los mecanismos virtuales dependerán de qué se consulte y en qué sector se realice. «Algunas etapas son trabajo de gabinete que implica la identificación de aquello que se consulta, pero hay etapas en la que es necesario llevar a cabo reuniones para consensuar la metodología para llevar a cabo la consulta previa, o informar a los pueblos indígenas». 

Zambrano no descarta, a pesar de las circunstancias, realizar reuniones físicas siempre y cuando se tomen las medidas necesarias y se establezcan protocolos sanitarios para realizarlas. 

Autor: Jean Pierre Fernandez (jpfernandez@prensagrupo.com)