
Con fecha de hoy 14 de diciembre, se ha publicado en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 029-2020-EM, que otorga encargo especial a Petroperú para «la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste». «Encárguese a Petroperú a administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la referida Concesión y la prestación del servicio público de distribución de gas natural en las regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos», se lee en el documento. El encargo especial tiene una vigencia de 3 años como máximo, y como pasos siguientes el Ministerio de Energía y Minas (Minem) y Petroperú suscribirán un convenio especial, en el cual se establecerán las condiciones específicas aplicables a la ejecución de esta medida.

Específica además la autógrafa que los recursos que se requieran para la ejecución del presente encargo especial son dispuestos por el Ministerio de Energía y Minas, para cuyo efecto deben ser registrados por Petroperú en contabilidad separada. Según la norma, Petroperú tendrá la función de «celebrar, a título propio, las cesiones de posición contractual de los contratos para la provisión de bienes y servicios suscritos por el exconcesionario que resulten necesarios para la continuidad del mantenimiento y operación de la concesión». La petrolera estatal está además autorizada para adquirir bienes y suscribir contratos de servicios «necesarios para el cumplimiento del encargo especial».
Para efectos de la prestación del servicio público de distribución de gas natural en virtud al presente encargo especial, Petroperú es responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas por el marco normativo que rige la actividad de distribución de gas natural por red de ductos en materia de seguridad, calidad de servicio y cualquier otro aspecto aplicable, así como el marco normativo aplicable en materia ambiental, encontrándose sujeto a las funciones de supervisión, fiscalización y sanción de las entidades competentes. El decreto supremo lleva la firma del presidente Francisco Sagasti y el ministro Jaime Gálvez, titular del Minem.

La semana pasada, el Minem declaró la caducidad del contrato de concesión suscrito con la empresa Naturgy, que tenía a su cargo la prestación del servicio de distribución de gas natural para las ciudades de Arequipa, Ilo, Moquegua y Tacna. Esta medida forma parte de una estrategia integral que permitirá garantizar el suministro de gas natural en las citadas jurisdicciones. Para ello, el Ejecutivo alista la publicación de dos normas adicionales que aseguren la operatividad del servicio, en favor de más de 12,500 hogares.
Con la declaración de caducidad se establece que el contrato de concesión con Naturgy, suscrito en 2013, quedó resuelto que el Estado asumirá la titularidad de los bienes de la concesión a partir del 19 de diciembre, disponiendo que la administración provisional pase a un tercero, en el marco de lo dispuesto en el artículo 58 del Decreto Legislativo N° 1362. La declaratoria de caducidad se produce tras culminar el proceso de trato directo entre el Estado y Naturgy Perú S.A. luego que la empresa manifestara que no cuenta con la capacidad para sostener la operatividad de la concesión debido a su situación económica y a que ha solicitado a Indecopi su disolución y liquidación.
Autor: Energiminas (info@prensagrupo.com)