
El Gobierno aprobó, mediante Resolución Ministerial N° 111-2020-Minem, el protocolo para implementar medidas de prevención y respuesta frente al Covid-19 como parte de las acciones del traslado de personal de las unidades mineras y unidades de producción, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3.11 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, incorporado por Decreto Supremo N° 068-2020-PCM. La presente resolución ministerial, publicada en el Diario Oficial El Peruano, lleva la firma de la ministra de Energía y Minas, Susana Vilca Achata.
El numeral 3.11 autoriza, de manera excepcional, por razones humanitarias y previa coordinación con el gobierno regional que corresponda, el transporte interprovincial de pasajeros, por medio terrestre y aéreo no comercial, que estén fuera de su residencia o lugar de trabajo habitual, como consecuencia de la aplicación de las disposiciones de inmovilización social.
Esto incluye al personal de las unidades mineras o unidades de producción que haya cumplido con la jornada de trabajo de acuerdo con su régimen especial laboral o cumplido con el aislamiento social obligatorio, a fin de que retornen a su residencia o lugar de trabajo habitual, disponiéndose además que, en ese caso, el Ministerio de Energía Y Minas dictará las medidas necesarias.
El jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), Jorge Chávez Cresta, explicó a la agencia Andina que, según el protocolo establecido por la Presidencia del Consejo de Ministros, las personas varadas que deseen retornar a su región de origen deben contactarse con el gobierno regional para solicitar su regreso.
“Hacemos una invocación a los gobiernos regionales para que comuniquen a su población que la solicitud de regreso debe dirigirse a dichas autoridades”, manifestó el jefe del Indeci.
Añadió que los gobiernos regionales deben elaborar un listado detallado de los solicitantes y precisar en la coordinación con la PCM cuál es su capacidad de albergue para saber cuántos retornantes pueden recibir. “Los gobiernos regionales envían al Indeci una solicitud, en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros, determinando la cantidad de retornantes y proponiendo una fecha de retorno”, destacó Jorge Chávez.
El traslado de los retornantes puede ser terrestre o aéreo. En el primer caso, el número máximo de los grupos a trasladar no puede superar las 200 personas. Chávez Cresta subrayó que en este proceso de retorno a las regiones se va a cumplir rigurosamente el protocolo de sanitario.
“Primero se desinfectan los vehículos, terrestres y aéreos, que trasladarán a los ciudadanos. A continuación se realiza el triaje diferenciado y la evaluación, con la respectiva prueba rápida, para conocer si presentan el virus. Aquellas personas que estén infectadas y no presentan gravedad, serán derivadas a la Villa Panamericana u otro lugar establecido para recibir atención médica”, enfatizó.
Los gobiernos regionales tienen la disposición de facilitar el retorno de sus paisanos que quedaron varados en otras regiones. Se ha establecido que corresponde a los gobiernos regionales recabar las solicitudes de retorno y elaborar las listas de las personas que piden regresar y que realmente lo necesitan.
Chávez Cresta precisó que las autoridades regionales tienen que comunicar a la PCM cuál es la capacidad de los albergues identificados en las provincias y distritos, así como solicitar el apoyo material necesario para que estos espacios garanticen el estricto cumplimiento de la cuarentena sanitaria una vez que lleguen los retornantes.
Autor: Jean Pierre Fernandez (jpfernandez@prensagrupo.com)